Ingreso a Clases

 Estimados sostenedores:

Junto con saludarlos cordialmente, les enviamos el Dictamen N°58 “Sobre la prestación del servicio educacional de manera presencial en los establecimientos educacionales que imparten educación parvularia, básica y media”, donde se entregan instrucciones normativas relacionadas a la obligación por parte de las entidades sostenedoras para entregar el servicio educativo, a través de clases presenciales, en el contexto de pandemia por Covid-19.

Ante diversas consultas que nos han hecho llegar desde agrupaciones de padres y apoderados, sostenedores y miembros de las comunidades educativas, emitimos este dictamen que entrega directrices en cuanto a la realización de clases, dejando claro que la voluntariedad del regreso presencial a las aulas es para las familias y no para los establecimientos. Es decir, la regla general es que las escuelas y colegios deben estar abiertos para impartir clases presenciales para las familias que así lo requieran.

Por tanto, la Superintendencia de Educación podrá fiscalizar el cumplimiento de esta obligación en todos los establecimientos educacionales del país.

COMPRA DEL INMUBELE CON GARANTIA

 La Ley de Inclusión obliga a los sostenedores a ser propietarios o comodatarios de los inmuebles en que funciona el establecimiento.

El plazo para solicitar la garantía vence el 30 de junio del año 2023 para aquellos sostenedores constituidos como persona jurídica sin fines de lucro antes del 31/12/2017 y el 30 de junio del año 2027 para los sostenedores constituidos como persona jurídica sin fines de lucro antes del 1/7/2017.

A la fecha, Corfo tiene disponible solo el 66,24% de los fondos asignados por el Estado. Una vez que comprometa el 100%, el sostenedor no podrá acceder a la garantía Corfo, lo que complicará la obtención del crédito hipotecario.

RENDICIONES DE CUENTAS

 

Rendición de Cuentas

La Rendición de Cuentas es un proceso destinado a transparentar el uso de los recursos monetarios en establecimientos educacionales y garantizar con ello que los proyectos educativos se concreten. En tal sentido, constituye una herramienta al servicio del resguardo de derechos de la comunidad escolar y en beneficio de una educación de calidad, a través del uso efectivo de los recursos en educación y no en otros fines.

Su propósito es velar por una mayor transparencia y claridad en el uso de los recursos que el Estado destina a la actividad educativa escolar, con el objeto de que éstos sean utilizados para los fines establecidos en la Ley y, de esta forma, propender a la mejora integral de la educación que se entrega en los establecimientos educacionales de nuestro país.

UTILES TEXTOS UNIFORMES

 ¿Qué dice la normativa sobre

el uso del uniforme escolar?
La decisión del uso obligatorio del uniforme escolar es del
establecimiento y se debe generar a partir del acuerdo entre el
director, el Centro de Padres y Consejo de Profesores, previa
consulta al Centro de Alumnos y Comité de Seguridad Escolar.
Las normas sobre su uso deben estar claramente señaladas en el
Reglamento Interno y si existe algún cambio, el establecimiento
deberá comunicarlo en marzo de cada año.
Para este año 2021, la Superintendencia hace un llamado a
flexibilizar el uso del uniforme para alivianar la carga económica
de las familias producto de la pandemia por Covid-19.
No se puede sancionar el incumplimiento del uso del uniforme
con la prohibición de permanecer o ingresar al establecimiento
educacional.
El uniforme escolar no puede ser un obstáculo para que el
alumno desarrolle sus actividades escolares y tampoco puede
estar sometido a calificación por dicho concepto.
No se pueden exigir marcas o la adquisición en una tienda o
proveedor específico.

CARRERA DOCENTE LEY

 Desde 2019, los docentes del sector particular subvencionado y de administración delegada comenzarán a ingresar gradualmente a la Carrera Docente. Previo a su ingreso, en este portal solo podrán visualizar la información relacionada a la Bonificación de Reconocimiento Profesional.

Más información en www.cpeip.cl

LEY 21.109 ASISTENTES DE EDUCACION

 PARA EL AÑO 2019 , MUY IMPORTANTE APLICAR PARA LOS ASISTENTES DE EDUCACION:

 

1.-LAS CATEGORIAS SERAN:

ASISTENTES PROFESIONALES

ASISTENTES TECNICOS

ASISTENTES ADMINISTRATIVOS

ASISTENTES SERV MENORES ( AUXILIARES)

2.-DEBEN TENER TODOS CERT IDONEIDAD PSICOLOGICA

3.-AQUELLOS QUE TRATAN DIRECTAMENTE CON ALUMNOS ADEMAS  CERT

DE INHABILIDAD (ART 260 CODIGO PENAL)

4.-LA JORNADA DE TRABAJO SERA AHORA DE 44 HORAS

5.-EL ASISTENTE DE EDUCACION TIENE DERECHO A VACACIONES DE INVIERNO AL IGUAL QUE EL DOCENTE

6.-EL ASISTENTE DE EDUCACION TENDRA DERECHO A VACACIONES DE VERANO AL IGUIAL QUE EL DOCENTE , A MENOS QUE ESTE EN CAPACITACION Y SOLO HASTA EL 15 DE ENERO DE CADA AÑO.-

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